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Esquema sobre la modificación de la pensión de alimentos según el artículo 775 de la Ley 1/2000
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Vademecum: familia
Fecha última revisión: 14/06/2024
Resumen:
En este esquema se explica cómo modificar la pensión de alimentos según el artículo 775 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil. El Ministerio Fiscal, los cónyuges, los hijos menores o con discapacidad pueden solicitar la modificación de las medidas definitivas al Tribunal. Estas peticiones se tramitarán conforme al procedimiento establecido en el artículo 770. Las partes también pueden solicitar la modificación provisional de las medidas definitivas ya establecidas, según el artículo 773.