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Última revisión
familia
Esquema sobre los requisitos para el reconocimiento de la indemnización por nulidad matrimonial según el artículo 98 del Código Civil
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Vademecum: familia
Fecha última revisión: 14/06/2024
Resumen:
Para poder recibir una indemnización por nulidad matrimonial de acuerdo al art. 98 del Código Civil debe cumplirse una serie de requisitos. Estos requisitos son que el matrimonio haya sido declarado nulo por resolución con efectos civiles, que haya habido convivencia entre los cónyuges posteriores al matrimonio, y que el cónyuge solicitante haya actuado con buena fe.