Esquema sobre las diferen...digo Civil

Última revisión
14/06/2024

familia

Esquema sobre las diferentes vías para proceder a la filiación de un hijo según el Código Civil

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Fecha última revisión: 14/06/2024

Resumen:

El artículo 108 del Código Civil dispone que la filiación puede ser por naturaleza o por adopción.

  • La filiación por naturaleza se divide en matrimonial y no matrimonial, donde el primero necesita que los padres estén casados entre sí (arts. 115 a 119 del Código Civil), mientras que el segundo no necesita que los padres estén unidos entre sí (arts. 120 a 126 del Código Civil).
  • Por otro lado, la filiación por adopción no tiene ninguna distinción de efectos entre una u otra.