¿Qué sucede si un extranj...n la LOEX?

Última revisión
01/01/2024

¿Qué sucede si un extranjero con residencia de larga duración en España comete una infracción muy grave según la LOEX?

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: administrativo

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

Un ciudadano extranjero nacional de Ecuador con autorización de residencia de larga duración es detenido mientras fabricaba explosivos careciendo de la documentación o autorización requeridas para ello. Si esto fuera así, estaría cometiendo la infracción de muy grave tipificada en el artículo 54 de la LOEX. Esta infracción implicaría una multa entre 10.001 y 100.000 euros que se sustituiría por la expulsión del territorio español y por la prohibición de entrada en el territorio español, que no excederá de 5 años.


PLANTEAMIENTO

Un ciudadano extranjero nacional de Ecuador, con autorización de residencia de larga duración, es detenido mientras fabricaba explosivos careciendo de la documentación o autorización requeridas para ello. ¿Estaría cometiendo alguna infracción de la LOEX?, y si fuera así, ¿qué sanción implicaría y qué efectos tendría?

RESPUESTA

En este supuesto nos encontramos con una infracción de las tipificadas como muy graves por el artículo 54 de LOEX. En este caso es la infracción del apartado a) del primer punto del citado artículo, que consiste en «participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, o estar implicados en actividades contrarias al orden público previstas como muy graves en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana». Si atendemos a la LO 4/2015, de 30 de marzo, nos encontramos que en su artículo 36 regula como infracción grave la  de armas reglamentarias o explosivos catalogados careciendo de la documentación o autorización requeridos, y el artículo 35 permite considerar esta infracción como muy grave si causa perjuicios muy graves.

Esta infracción prevé una multa que va desde los 10.001 hasta los 100.000 euros, que puede sustituirse, y en este caso seguramente se sustituya, por la expulsión del territorio español. Esta expulsión se puede producir aunque el extranjero cuente con la autorización de residencia de larga duración, ya que la infracción prevista en el artículo 54.1.a) es la excepción que marca el apartado 5 del artículo 57 de la LOEX para poder sancionar con la expulsión a los extranjeros residentes de larga duración. Que se produzca la expulsión conlleva la extinción de cualquier autorización para permanecer legalmente en España, en este caso la de larga duración.

La expulsión también llevará consigo aparejada la prohibición de entrada en territorio español que no excederá de 5 años, a no ser que el extranjero suponga una amenaza grave para el orden público, la seguridad pública, la seguridad nacional o para la salud pública, podrá imponerse un período de prohibición de entrada de hasta diez años.