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475 - ¿Qué tipos de reagrupación familiar existen?
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Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 27/06/2022
La reagrupación familiar puede ser en régimen general y en régimen comunitario. Técnicamente, cuando se habla de reagrupación familiar se está haciendo referencia al régimen general, es decir, la que se aplica cuando el reagrupante y el reagrupado son extranjeros extracomunitarios.
La reagrupación familiar en régimen comunitario se concede mediante la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, regulado en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Este régimen de reagrupación familiar se aplicaría cuando el reagrupante es nacional de algún país miembro de la Unión Europea, Espacio Económico o Suiza.