Última revisión
extranjeria
690 - ¿Cuál es el procedimiento para solicitar la renovación de la residencia temporal no lucrativa en España?
Relacionados:
Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 26/07/2024
En este tema se explica el procedimiento para renovar la residencia temporal no lucrativa. Dicha renovación se solicita en la oficina de extranjería que sea competente en el plazo de 60 días desde la expiración de la vigencia de la autorización. Además para ello el solicitante debe reunir una serie de requisitos y acompañar la solicitud con los documentos que se requieran.
La renovación se llevará a cabo en los términos del artículo 51 del RLOEX, debiendo, en su caso, el extranjero solicitarla a la oficina de extranjería competente para su tramitación durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización.
CUESTIÓN
¿Cuál es el efecto de la presentación de la solicitud?
La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. Este mismo efecto se producirá en el caso de que la solicitud se presente dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del procedimiento sancionador que corresponda.
¿Cuáles son los requisitos para la renovación de la residencia temporal no lucrativa?
El extranjero solicitante de la renovación de la autorización de residencia temporal no lucrativa debe cumplir los siguientes requisitos:
- Ser titular de una autorización de residencia temporal no lucrativa en vigor o hallarse dentro del plazo de los 90 días naturales posteriores a la caducidad de esta.
- Contar con medios económicos suficientes para atender sus gastos de manutención y estancia, incluyendo, en su caso, los de su familia, durante el periodo de tiempo por el que corresponda la renovación.
- Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Tener escolarizados a los menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria durante la permanencia de estos en España.
- Haber abonado la tasa por tramitación del procedimiento.
¿Qué documentos acompañarán a la solicitud?
Con la solicitud efectuada en modelo oficial deberán acompañarse los documentos necesarios para acreditar los requisitos mencionados, entre otros, el pasaporte completo o título de viaje en vigor; documentos acreditativos de los medios económicos y del seguro; en su caso, informe que acredite la escolarización de los menores de edad.
CUESTIÓN
¿Qué sucede en el caso de que la documentación presentada no acredite la escolarización de los menores de edad de escolarización obligatoria a cargo del solicitante?
En estos supuestos se pondrá tal circunstancia en conocimiento de las autoridades educativas competentes por la oficina de extranjería, la cual advertirá expresamente y por escrito al extranjero solicitante de que, si no se produce la escolarización y se presenta el informe oportuno en el plazo de 30 días, la autorización no será renovada.
¿Qué aspectos habrán de valorarse para la renovación de la residencia temporal no lucrativa?
Previa solicitud de oficio de los correspondientes informes se valorará:
- La posibilidad de renovar la autorización de residencia a los extranjeros condenados por un delito y que hayan cumplido condena, a los indultados o en situación de remisión condicional o suspensión de la pena.
- El incumplimiento de las obligaciones del extranjero en materia tributaria y de Seguridad Social.
- El esfuerzo de integración del extranjero acreditado mediante el informe positivo de la comunidad autónoma de su lugar de residencia. Dicho esfuerzo se podrá alegar si no se acredita el cumplimiento de alguno de los requisitos previstos.
CUESTIÓN
¿Cuál será el contenido del informe que acredita el esfuerzo de integración?
Conforme al artículo 51.6 del RLOEX, tendrá como contenido mínimo la certificación, en su caso, de la participación activa del extranjero en acciones formativas destinadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, los valores estatutarios de la comunidad autónoma en que se resida, los valores de la Unión Europea, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres, así como el aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia. En este sentido, la certificación hará expresa mención al tiempo de formación dedicado a los ámbitos señalados.
Asimismo, el informe tendrá en consideración las acciones formativas desarrolladas por entidades privadas debidamente acreditadas o por entidades públicas.