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280 - ¿Cómo se regula la posibilidad de recurrir actos administrativos en la ley de extranjería?
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Fecha última revisión: 24/07/2024
El derecho a recurrir actos administrativos en la ley de extranjería se encuentra regulado en el artículo 21 de la LOEX. Los actos y resoluciones administrativas adoptados en relación con los extranjeros serán recurribles con arreglo a lo dispuesto en las leyes.
Este derecho se encuentra regulado en el artículo 21 de la LOEX.
Los actos y resoluciones administrativas adoptados en relación con los extranjeros serán recurribles con arreglo a lo dispuesto en las leyes.
Por lo que respecta al régimen de ejecutividad de los actos administrativos dictados en materia de extranjería será el previsto con carácter general en la legislación vigente, salvo lo dispuesto en la Ley de Extranjería para la tramitación de expedientes de expulsión con carácter preferente.