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1060 - ¿Cuál es el procedimiento que debe seguirse para la obtención de la autorización de trabajo por los trabajadores transfronterizos en España?
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Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 29/07/2024
El procedimiento para la obtención de la autorización de trabajo para los trabajadores transfronterizos en España es el mismo que para los casos de solicitud de autorización inicial. A partir de la notificación de la resolución de la autorización, el extranjero dispondrá de un plazo de un mes para darse de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social y solicitar la tarjeta de identidad de extranjero. La duración de la autorización se limitará al ámbito territorial donde resida el trabajador y a una ocupación o sector de actividad. La prórroga se producirá automáticamente si continúa la misma relación laboral o actividad por cuenta propia.
En relación con su procedimiento, será el mismo que para los casos de solicitud de autorización inicial de trabajo por cuenta propia o ajena. Cuando la competencia ejecutiva en esta materia corresponda a la Administración autonómica, esta será competente para la admisión, tramitación y resolución de las solicitudes y, eventualmente, de los recursos administrativos (art. 183.3 del RLOEX).
El hecho de haber sido titular de una autorización de trabajo por cuenta propia o ajena para trabajadores transfronterizos no genera un derecho a la obtención de la autorización de residencia o trabajo por cuenta propia o ajena, aunque puede ser tenida en cuenta a la hora de valorar las solicitudes (art. 184.5 del RLOEX).
Desde la notificación de la resolución por la que se concede la autorización, el extranjero dispondrá del plazo de un mes para darse de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, así como para solicitar y obtener la tarjeta de identidad de extranjero. Esta tarjeta acreditará la condición de trabajador transfronterizo y permitirá entrar y salir de territorio nacional para la realización de la actividad a la que se refiera.
A TENER EN CUENTA. La tarjeta de identidad de extranjero será solicitada y obtenida sin perjuicio de que la autorización concedida sea de duración menor a seis meses.
Las autorizaciones de trabajo por cuenta propia o ajena para los trabajadores transfronterizos se denegarán, además de por la concurrencia de las causas generales de denegación de las autorizaciones de residencia y trabajo, por la pérdida de la condición de trabajador transfronterizo.
La duración de la autorización inicial coincidirá con la del contrato de trabajo o, en caso de trabajo por cuenta propia, de la actividad proyectada, en relación con la cual se conceda, con el límite mínimo de tres meses y máximo de un año.
La validez de la autorización de trabajo estará limitada al ámbito territorial de la comunidad o ciudad autónoma en cuya zona limítrofe resida el trabajador, así como a una ocupación o a un sector de actividad.
En cuanto a su prórroga, esta se producirá automáticamente a su expiración en tanto continúe la misma relación laboral o actividad por cuenta propia, y subsistan las circunstancias que motivaron su concesión. Asimismo, la vigencia de las sucesivas prórrogas coincidirá con la del contrato de trabajo o de la actividad por cuenta propia con un límite máximo de 1 año.