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extranjeria
1650 - ¿Cuáles son las modalidades existentes en el procedimiento sancionador de extranjería?
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Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 24/07/2024
En este tema se desarrollan las modalidades del procedimiento sancionador en el régimen de extranjería, la cuales se regulan en el art. 217 RLOEX, distinguiendo tres tipos: procedimiento ordinario, procedimiento preferente y procedimiento simplificado.
El artículo 217 del RLOEX se refiere a las modalidades del procedimiento sancionador en el régimen de extranjería distinguiendo tres tipos:
Procedimiento ordinario | Se aplica con carácter general fuera de los casos en que proceda el procedimiento preferente. | Artículo 63 bis de la LOEX. Artículos 226 a 233 del RLOEX. |
Procedimiento preferente | En los casos de las infracciones previstas en los artículos 53.1.d) y f), 54.1.a) y b) y 57.2 de la LOEX, así como en el artículo 53.1.a) de la LOEX, si se da alguna de las siguientes circunstancias: a) Riesgo de incomparecencia. b) El extranjero evite o dificulte la expulsión, sin perjuicio de las actuaciones en ejercicio de sus derechos. c) El extranjero represente riesgo para el orden público, la seguridad pública o la seguridad nacional. | Artículo 63 de la LOEX. Artículos 234 a 237 del RLOEX. |
Procedimiento simplificado | Se aplica en el caso de infracciones leves del artículo 52 de la LOEX. | Artículos 238 a 240 del RLOEX. |