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260 - ¿Cuáles son las garantías jurídicas de las que disponen los extranjeros en España?
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Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 24/07/2024
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, otorga a los extranjeros diversas garantías jurídicas en el ejercicio de los derechos reconocidos para ellos, como el derecho a la tutela judicial efectiva, el recurso contra los actos administrativos y el derecho a la asistencia jurídica gratuita. Estas garantías deben ser aplicadas sin establecer diferencias de trato ni en el grado de protección que llevan aparejados los derechos, siempre que se basen en el principio de legalidad.
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, otorga a los extranjeros diversas garantías jurídicas en el ejercicio de los derechos reconocidos para ellos.
El régimen de garantías constitucionalmente previstas deberá ser aplicado sin establecer diferencias de trato ni en el grado de protección que llevan aparejados los derechos. Esto no quiere decir, por otra parte, que los extranjeros no puedan ver limitados sus derechos, siempre que estas limitaciones estén suficientemente justificadas y se basen en el principio de legalidad en cualquiera de sus manifestaciones, sujetándose a las reglas de proporcionalidad.
Las garantías jurídicas que regula la LOEX, y que se explicarán con mayor detalle en los siguientes puntos, están recogidas en el capítulo III, título I, artículos 20, 21 y 22 de la LOEX: