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360 - ¿Cuáles son los documentos que se requieren, con carácter general, para entrar en España?
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Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 26/07/2024
Para entrar a España con carácter general, el extranjero deberá contar con un pasaporte o documento de viaje válido y en vigor, expedido dentro de los 10 años anteriores, un visado válido y en vigor, un certificado médico exigido por el Ministerio del Interior y no estar sujeto a causas de prohibición de entrada. Adicionalmente, los menores deberán contar con un permiso paterno.
Aquí se expondrán de forma breve los documentos necesarios que determina el Ministerio del Interior para entrar en España con carácter general, los cuales serán objeto de desarrollo en los puntos inmediatamente siguientes:
- Pasaporte o documento de viaje válido y en vigor que acredite su identidad. Cuando se trate de Estados de la UE, u otros como Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein, solo será necesario DNI o pasaporte en vigor. En caso de menores de edad que viajen con DNI se requiere además un permiso paterno. Se exige una validez al documento de hasta tres meses después de la fecha prevista de salida de los Estados miembros y deberá haber sido expedido dentro de los diez años anteriores a la fecha de entrada.
- Estar en posesión de un visado válido y en vigor. Este requisito solo es exigible a los nacionales de países que se encuentren en el listado de terceros países sometidos a la obligación de visado para el cruce de las fronteras exteriores, siempre que no estén en posesión de una autorización de residencia válido o un visado de larga duración válido expedido por otro Estado miembro.
- Excepcionalmente, certificado médico exigido por el Ministerio del Interior, de acuerdo con los Ministerios de Sanidad y el de Trabajo y Economía Social, o en aplicación de la normativa de la Unión Europea.
Asimismo, se exige no estar sujeto a causas de prohibición de entrada.