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960 - ¿Cuándo podrá obtener una autorización de trabajo el titular de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales?
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Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 26/07/2024
Para obtener la autorización de trabajo para titulares de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales deben cumplirse ciertos requisitos. En el caso de que se trate de una residencia temporal por razones de arraigo, la autorización de trabajo se concede automáticamente, sin excepción para personas menores de edad laboral. En el resto de los casos, para obtenerla es necesario solicitarla personalmente ante el órgano correspondiente.
En lo que se refiere a la autorización de trabajo cuando concurran circunstancias excepcionales —las descritas anteriormente— se distinguen dos supuestos (art. 129 del RLOEX):
a) Supuesto de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones de arraigo, en cuyo caso la concesión de la autorización de residencia llevará consigo la autorización de trabajo en España durante la vigencia de aquella, con excepción de la que se conceda a menores de edad laboral, o en casos de exención del requisito de contar con un contrato por el hecho de tener medios económicos que no deriven de la realización de una actividad por cuenta propia.
En esta misma situación se hallan las personas con autorización de residencia temporal por razones de protección internacional del artículo 125 del RLOEX.
b) Demás supuestos. En los restantes casos, se recoge la posibilidad de que el extranjero solicite, personalmente, la autorización de trabajo ante el órgano competente para tramitarla, pudiendo presentar la solicitud simultáneamente con la solicitud de autorización de residencia por circunstancias excepcionales o durante la vigencia de esta. Para que sea concedida han de concurrir los siguientes requisitos: