Última revisión
extranjeria
1700 - ¿En qué supuestos es de aplicación el procedimiento ordinario en materia de extranjería?
Vademecum: extranjeria
Fecha última revisión: 29/07/2024
El procedimiento ordinario en materia de extranjería se aplica con carácter general para la tramitación de infracciones relacionadas con la extranjería, como también para cuando se tramite la expulsión para supuestos distintos a los previstos en el artículo 63 de la LOEX. Por lo tanto, es importante conocer los artículos 226 a 233 del RLOEX, así como el artículo 63 bis de la LOEX.
El procedimiento ordinario, regulado en el artículo 63 bis de la LOEX y en los artículos 226 a 233 del RLOEX, se aplicará, con carácter general, para la tramitación de todas las infracciones, salvo las atribuidas a otro tipo de procedimiento, como los supuestos especificados en el artículo 234 del RLOEX que serán tramitados por el procedimiento preferente.
En esta misma línea se pronuncia el artículo 63 bis, apartado 1, de la LOEX que declara la aplicación del procedimiento ordinario en aquellos casos en que se tramite la expulsión para supuestos distintos de los previstos para el procedimiento preferente en el artículo 63 de la LOEX.