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Última revisión
04/10/2024

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1730 - Protección de datos en el ámbito de las nuevas tecnologías en las Administraciones públicas

Tiempo de lectura: 2 min

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Vademecum: datos

Fecha última revisión: 04/10/2024

Resumen:

Las AA. PP usan con más frecuencia las tecnologías de la información u comunicaciones, lo que conlleva la obligación de cumplir con la normativa existente en materia de protección de datos (RGPD y LOPDGDD)


Las Administraciones públicas recurren cada vez con más frecuencia al uso de las tecnologías de la información y comunicaciones (TIC). Esto supone un avance y abre un abanico de posibilidades tanto en los servicios que prestan a los ciudadanos, como en su funcionamiento interno. Estos servicios implican, en muchos casos, un tratamiento de datos personales que conlleva la obligación por parte de la Administración de cumplir con toda la normativa en materia de protección de datos.

Las dos principales normas en lo que a que protección de datos se refiere, Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) y Ley de Protección de Datos de Carácter Personal y Derechos Digitales (LOPDGDD), ya han previsto este uso de la tecnología y el incremento de los riesgos en el tratamiento de datos que ello supone.

Por su parte la Agencia Española de Protección de Datos ha publicado una guía abordando este tema donde analiza distintos aspectos con relación a las tecnologías y la protección de datos en las Administraciones públicas, entre los que podemos destacar:

  • Cookies y tecnologías de seguimiento.
  • Redes sociales.
  • Cloud Computing.
  • Big data.
  • Inteligencia artificial.
  • Smart cities.

Fuente: Guía de la AEPD Tecnologías y protección de datos en las AA. PP. y Guía de la AEPD de Protección de datos y administración local.