Última revisión
contratacionpublica
¿Cuáles son las normas generales para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos?
Vademecum: contratacionpublica
Fecha última revisión: 26/04/2023
Las Administraciones públicas pueden concluir acuerdos marco o articular sistemas dinámicos para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos, así como centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados, de acuerdo con el artículo 218 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Estas son las normas generales sobre los sistemas para la racionalización de la contratación de las Administraciones públicas.
De acuerdo con el artículo 218 de la LCSP, para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos, las Administraciones públicas podrán concluir acuerdos marco, articular sistemas dinámicos, o centralizar la contratación de obras, servicios y suministros en servicios especializados.