Caso en el que se analiza...ucturación

Última revisión
01/01/2024

Caso en el que se analiza si se puede evitar iniciar el concurso de acreedores para optar a un plan de reestructuración

Tiempo de lectura: 1 min

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Orden: mercantil

Fecha última revisión: 01/01/2024

Resumen:

Existe la posibilidad de evitar un concurso a través de planes de reestructuración. El artículo 584.1 del TRLC establece que si el deudor se encuentra en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual, se procederá a iniciar con una comunicación de apertura de negociaciones o a homologar un plan de reestructuración.


PLANTEAMIENTO

¿Es necesario iniciar el procedimiento de concurso para llegar a planes de reestructuración?

RESPUESTA

No. Los planes de reestructuración son un instrumento preconcursal, pensado precisamente para evitar el concurso. En este sentido, dispone el art. 614 de la Ley Concursal: 

«Se considerarán planes de reestructuración los que tengan por objeto la modificación de la composición, de las condiciones o de la estructura del activo y del pasivo del deudor, o de sus fondos propios, incluidas las transmisiones de activos, unidades productivas o de la totalidad de la empresa en funcionamiento, así como cualquier cambio operativo necesario, o una combinación de estos elementos».

Y, conforme al art. 584.1 de la Ley Concursal:

«La comunicación de apertura de negociaciones o la homologación de un plan de reestructuración procederán cuando el deudor se encuentre en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual»