Última revisión
Caso en el que se analiza si el procedimiento preconcursal debe terminar en concurso voluntario
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2024
El procedimiento preconcursal pretende que la situación de insolvencia no llegue a un concurso de acreedores. Si el deudor se encuentra en situación de insolvencia actual, deberá solicitar el concurso voluntario en un plazo de 1 mes, de lo contrario los acreedores del deudor, podrán solicitar el concurso necesario. Aún así, si en fase preconcursal no se alcanza un plan de reestructuración, no es necesario acudir al concurso de acreedores.
PLANTEAMIENTO
Iniciado el procedimiento preconcursal, ¿forzosamente hay que terminar en concurso voluntario?
RESPUESTA
No. El procedimiento preconcursal pretende que no se llegue a la situación de concurso y, aun cuando en fase preconcursal no se alcance un plan de reestructuración, no es necesario acudir al concurso de acreedores, dado que el presupuesto objetivo de la declaración de concurso es la situación de insolvencia. Al efecto, señala el art. 611 de la Ley Concursal:
«(...) el deudor que no haya alcanzado un plan de reestructuración deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente, salvo que no se encontrara en estado de insolvencia actual».