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Última revisión
concursal
Esquema sobre los créditos ordinarios y subordinados en la Ley Concursal
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Vademecum: concursal
Fecha última revisión: 18/04/2024
Resumen:
La Ley concursal establece una clasificación de sus créditos en tres tipos: privilegiados, ordinarios y subordinados. Los privilegiados tienen prioridad en la aplicación de los bienes del concurso, mientras que los subordinados aparecen al final de la lista de acreedores y los ordinarios se ubican en el medio. Los créditos subordinados incluyen los extemporáneos, los pactos contractuales, intereses, recargos, multas, los de personas relacionadas con el concursado, los resultantes de rescisión concursal y los derivados de los contratos con obligaciones recíprocas.