Delito de impago de pensiones

Delito de impago de pensiones

Fecha última revisión:


Concepto:

El delito de impago de pensiones es un delito que castiga el impago, durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos, de cualquier tipo de prestación económica a favor de hijos o cónyuge. Debemos tener en cuenta que la prestación a la que se refiere el código debe estar legitimada por vía judicial. Es una figura íntimamente relacionada con el delito de abandono de familia y se puede considerar una extensión de este último.


Art. Relacionados:
Código penal

1. El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.

2. Con la misma pena será castigado el que dejare de pagar cualquier otra prestación económica establecida de forma conjunta o única en los supuestos previstos en el apartado anterior.

3. La reparación del daño procedente del delito comportará siempre el pago de las cuantías adeudadas.


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