Caso práctico que analiza...ontencioso

Última revisión
30/04/2024

Caso práctico que analiza la posibilidad de extender los efectos de una prueba pericial en un procedimiento contencioso

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: administrativo

Fecha última revisión: 30/04/2024

Resumen:

El artículo 61 de la LJCA permite la extensión de los efectos de una prueba pericial a otros procedimientos conexos. Esta extensión puede ser solicitada de oficio, previa audiencia de las partes o a instancia de las mismas, y se entenderá que son parte todos los intervinientes en los procesos sobre los cuales se haya acordado la extensión de sus efectos, prorrateándose su coste entre ellos. El momento procesal oportuno es el momento de proposición de prueba o como diligencia final.


PLANTEAMIENTO

Durante la tramitación de un recurso contencioso administrativo, fue acordada y practicada una prueba pericial, cuyo objeto guarda relación con las cuestiones dilucidadas en otro procedimiento. ¿Se puede solicitar la extensión de los efectos del informe pericial?

RESPUESTA

Sí. Conforme al art. 61.5 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, permite que el juez acuerde de oficio, previa audiencia de las partes o a instancia de las mismas, la extensión de los efectos de las pruebas periciales a los procedimientos conexos.

Asimismo, el citado precepto establece que, a los efectos de la aplicación de las normas sobre costas procesales, en relación al coste de estas pruebas, se entenderá que son parte todos los intervinientes en los procesos sobre los cuales se haya acordado la extensión de sus efectos, prorrateándose su coste entre los obligados en dichos procesos al pago de las costas.

En cuanto al momento procesal en el que puede pedirse dicha extensión, es el momento de proposición de prueba, aunque el TS (entre otras, en la STS de 16 de marzo de 2012, n.º de rec. 648/2008, ECLI:ES:TS:2012:1733) ha indicado que resulta posible igualmente solicitarlo como diligencia final.