Caso práctico que analiza...de tráfico

Última revisión
30/04/2024

Caso práctico que analiza las excepciones a la regla general de no poder perder más de ocho puntos al día por la comisión de varias infracciones de tráfico

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: administrativo

Fecha última revisión: 30/04/2024

Resumen:

La regla general nos dice que conductor no podrá perder más de 8 puntos si acumula infracciones, salvo que se trate de alguna de las infracciones muy graves del artículo 77 del RDL 6/2015, en cuyo caso perderá el número total de puntos correspondientes. Estas consisten en no respetar los límites de velocidad, conducir con tasas de alcohol superiores, incumplir la obligación de someterse a pruebas de alcohol o drogas, conducir temerariamente, circular en sentido contrario, participar en carreras no autorizadas, conducir con inhibidores de radares y aumentar en más del 50 % los tiempos de conducción. 


PLANTEAMIENTO

Un conductor que circulaba por una autovía en sentido contrario a lo establecido tras haberse equivocado en una incorporación en un cruce y, además, de forma temeraria, al circular «haciendo eses» de un extremo a otro de la vía, fue intervenido por la Guardia Civil de Tráfico. Además de las consecuencias penales pertinentes, posteriormente le fueron retirados doce puntos del carné de conducir, ¿es posible la pérdida conjunta de dichos puntos?

RESPUESTA

Por regla general, los conductores no podrán perder más de ocho puntos en el día por la comisión de varias infracciones, pero existen ciertas excepciones:

Los conductores no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves a que se refieren los párrafos a), c), d), e), f), g), h) e i) del artículo 77, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan (art. 64.4 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial). Estas son:

a) No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV (Pérdida entre 2 y 6 puntos).

c) Conducir con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se establezcan, o con presencia en el organismo de drogas (Pérdida entre 4 y 6 puntos).

d) Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos, y de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido una infracción, de someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.

e) Conducción temeraria (Pérdida de 6 puntos).

f) Circulación en sentido contrario a lo establecido (Pérdida de 6 puntos).

g) Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas.

h) Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico (Pérdida de 6 puntos).

i) Aumentar en más del 50 por ciento los tiempos de conducción o minorar en más del 50 por ciento los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre (Pérdida de 6 puntos).