Última revisión
administrativo
¿Dónde se regulan los principios rectores de la política social y económica en la Constitución española?
Relacionados:
Vademecum: administrativo
Fecha última revisión: 13/05/2024
Encontramos la regulación de los principios rectores de política social y económica en los arts. 39 a 52 de la Constitución española. Sobre los mismos se pueden destacar los siguientes aspectos:
- No tienen el mismo impacto que los derechos fundamentales, ya que, si bien estos últimos tienen una eficacia directa, los principios tienen una finalidad informativa sobre su integración en la actuación de los poderes públicos.
- Precisamente por ello, la Constitución no exige un grado mínimo de cumplimiento o una protección especial.
En primer lugar, antes de entrar a analizar cuáles son los principios rectores de la política social y económica en España, es importante acudir a lo establecido en el artículo 53 de la CE, en concreto a su apartado 3.º, que establece que los principios reconocidos en el capítulo III (arts. 39-52 de la CE) «informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos».
Esto significa que, a diferencia de los derechos fundamentales y libertades públicas regulados en el título I de la Constitución, cuyo reconocimiento ante los poderes públicos y ante la jurisdicción cuenta con eficacia directa, los principios aquí regulados simplemente informarán a los poderes públicos en su actuación, intentando velar por ellos en la medida de lo posible. Asimismo, añade el artículo 53.3 de la CE que solamente podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Por todo ello, los principios rectores de la política social y económica, como bien su nombre indica, regirán la actuación de los poderes públicos, vinculando en exclusiva a estos, pues nacen de la relación Estado-ciudadano. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre con los derechos y libertades mencionadas, la atención en mayor o menor medida de alguno de estos principios por parte de los poderes públicos no será objeto de protección especial, pues la Constitución solamente exige la observancia a los mismos, pero no un determinado grado de cumplimiento.
El capítulo III está compuesto por los artículos 39 a 52 de la CE, referentes a los principios rectores de la política social y económica:
Artículo 39 | Protección social, económica y jurídica de la familia. |
Artículo 40 |
|
Artículo 41 | Derecho a la Seguridad Social. |
Artículo 42 | Derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjero. |
Artículo 43 | Derecho a protección de la salud. |
Artículo 44 |
|
Artículo 45 | Derecho a un medio ambiente adecuado. |
Artículo 46 | Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico. |
Artículo 47 | Derecho a la vivienda digna. |
Artículo 48 | Promoción del desarrollo político, social, económico y cultural por la juventud. |
Artículo 49 | Derechos de las personas con discapacidad. |
Artículo 50 | Bienestar de las personas de la tercera edad. |
Artículo 51 | Defensa de los consumidores y usuarios. |
Artículo 52 | Defensa de los intereses económicos de las organizaciones profesionales. |