¿Cuáles son las funciones... Gobierno?
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Última revisión
21/05/2024

administrativo

¿Cuáles son las funciones de los órganos colegiados de asistencia al delegado y al subdelegado del Gobierno?

Tiempo de lectura: 2 min

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Vademecum: administrativo

Fecha última revisión: 13/05/2024

Resumen:

Las funciones de la Comisión territorial de asistencia al delegado del Gobierno son las siguientes:

  • Coordinar las actuaciones que hayan de ejecutarse de forma homogénea en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
  • Homogeneizar el desarrollo de las políticas públicas en su ámbito territorial.
  • Asesorar al delegado del Gobierno en la comunidad autónoma en la elaboración de las propuestas de simplificación administrativa y racionalización en la utilización de los recursos.
  • Cualesquiera otras que a juicio del delegado del Gobierno en la comunidad autónoma resulten adecuadas para que la comisión territorial cumpla la finalidad de apoyo y asesoramiento en el ejercicio de las competencias.


El artículo 79 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, dispone que en cada una de las comunidades autónomas pluriprovinciales existirá una Comisión territorial de asistencia al delegado del Gobierno. La Comisión estará presidida por el delegado del Gobierno en la comunidad autónoma e integrada por los subdelegados del Gobierno en las provincias comprendidas en el territorio de esta. A sus sesiones asistirán los titulares de los órganos y servicios territoriales, tanto integrados como no integrados, que el delegado del Gobierno considere oportuno.

En relación con las funciones de la comisión, se establecen las siguientes:

«Coordinar las actuaciones que hayan de ejecutarse de forma homogénea en el ámbito de la Comunidad Autónoma, para asegurar el cumplimiento de los objetivos generales fijados por el Gobierno a los servicios territoriales.

Homogeneizar el desarrollo de las políticas públicas en su ámbito territorial, a través del establecimiento de criterios comunes de actuación que habrán de ser compatibles con las instrucciones y objetivos de los respectivos departamentos ministeriales.

Asesorar al Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma en la elaboración de las propuestas de simplificación administrativa y racionalización en la utilización de los recursos.

Cualesquiera otras que a juicio del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma resulten adecuadas para que la Comisión territorial cumpla la finalidad de apoyo y asesoramiento en el ejercicio de las competencias que esta Ley le asigna».

En las comunidades autónomas uniprovinciales existirá una comisión de asistencia al delegado del Gobierno, la cual presidirá él mismo y estará integrada por el secretario general y los titulares de los órganos y servicios territoriales, tanto integrados como no integrados, que el delegado del Gobierno considere oportuno. Las funciones asignadas serán las mencionadas anteriormente. 

Asimismo, en cada subdelegación del Gobierno existirá también una comisión de asistencia al subdelegado del Gobierno presidida por él mismo e integrada por el secretario general y los titulares de los órganos y servicios territoriales, tanto integrados como no integrados, que el subdelegado del Gobierno considere oportuno con las mismas funciones indicadas.