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Última revisión
17/09/2024

administrativo

¿Cómo se configura el marco jurídico del Tribunal Constitucional?

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: Administrativo

Fecha última revisión: 17/09/2024

Resumen:

El título IX de la CE «Del Tribunal Constitucional» se conforma de los artículos 159 a 165. En estos se establece su composición y sus competencias, delegando las normas sobre su funcionamiento, el estatuto de sus miembros y el procedimiento ante el mismo a la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.


El título IX de la CE «Del Tribunal Constitucional» se conforma de los artículos 159 a 165. En estos se establece su composición y sus competencias, delegando las normas sobre su funcionamiento, el estatuto de sus miembros y el procedimiento ante el mismo a la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

CUESTIÓN

¿A qué norma debemos acudir para conocer el funcionamiento del Tribunal Constitucional, el estatuto de sus miembros, los procedimientos de inconstitucionalidad o los requisitos para actuar frente a él?

El artículo 165 de la CE dispone que ha de regularse todo ello mediante ley orgánica. Acudiremos por tanto a la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional (LOTC), que regula su organización, atribuciones y procedimientos de inconstitucionalidad y, a mayor abundamiento, será también de aplicación el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional, adoptado en Acuerdo de 5 de julio de 1990, en el que se encuentra la normativa aplicable a la organización y funcionamiento del tribunal en materia gubernativa y las disposiciones en materia de personal, que puede ser de carácter de funcionario, de eventual o de personal laboral.