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Última revisión
Modelo de recurso extraordinario de revisión (modelo genérico)
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 28/05/2024
Resumen:
El artículo 125 de la LPAC establece que el recurso extraordinario de revisión es un recurso contra actos firmes de vía administrativa. Puede interponerse cuando se haya incurrido en un error de hecho, aparezcan documentos relevantes o aparezca documentos de testimonio declarados falsos por sentencia judicial. El plazo es de 4 años si se trata de un error de hecho o de 3 meses en los demás casos.
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