Última revisión
Modelo de demanda contra el ayuntamiento en reclamación de intereses moratorios
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 22/05/2024
Resumen:
El artículo 198 de la LCSP dispone que la Administración debe abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato, y si se demorase, el contratista deberá abonarle intereses de demora.
Por su parte, el artículo 199 de la LCSP establece que, transcurrido el plazo de treinta días, los contratistas podrán reclamar por escrito a la Administración contratante el cumplimiento de la obligación de pago y, en su caso, los intereses de demora. Si, transcurrido el plazo de un mes, la Administración no hubiera contestado, se entenderá reconocido el vencimiento del plazo de pago y los interesados podrán formular recurso contencioso-administrativo.
AL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR], procurador/a de los tribunales, actuando en nombre y representación de [NOMBRE], mayor de edad, con DNI [DNI] …