Última revisión
Modelo de escrito en el que se solicita el deslinde del dominio público marítimo-terrestre
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Orden: administrativo
Fecha última revisión: 06/05/2024
Resumen:
El deslinde de dominio público marítimo-terrestre se rige esencialmente de acuerdo a la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas y el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre , por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. La Administración General del Estado es la encargada de llevar a cabo el deslinde y será notificado en un plazo de 24 meses. Los propietarios colindantes serán oídos, previa notificación, así como la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento correspondiente, que deberá emitir un informe dentro de un mes.
A LA DEMARCACIÓN DE COSTAS DE [PROVINCIA]. MINISTERIO DE [ESPECIFICAR] (1)
D.º/D.ª [NOMBRE], con DNI [NUMERO] y domicilio, a efectos de notificaciones, en C/[CALLE], nº [NÚMERO] de [LUGAR], actuando …