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Última revisión
Modelo de oposición a la acumulación de recursos contencioso administrativos
Texto
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Legislación
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 06/05/2024
Resumen:
El artículo 34 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece que serán acumulables en un proceso las pretensiones que se deduzcan en relación con un mismo acto, disposición o actuación, así como aquellas que se refieran a varios actos, disposiciones o actuaciones cuando unos sean reproducción, confirmación o ejecución de otros o exista entre ellos cualquier otra conexión directa.
AL [JUZGADO]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], procurador de los tribunales de [LUGAR], actuando en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], esta última ya acreditada en autos, bajo la …