Última revisión
administrativo
Esquema sobre el recurso en el procedimiento de protección de los DD.FF en la LJCA
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Vademecum: Administrativo
Fecha última revisión: 10/05/2024
Resumen:
El procedimiento de amparo judicial de las libertades y derechos, previsto en el artículo 53.2 de la CE, se regirá, en el orden contencioso-administrativo, por lo dispuesto en el capítulo I, del Título V, en los arts, 114 a 121. El plazo para interponer este recurso será de 10 días, que se computarán, según los casos, desde el día siguiente al de notificación del acto, publicación de la disposición impugnada, requerimiento para el cese de la vía de hecho, o transcurso del plazo fijado para la resolución, sin más trámites.
Cuando la lesión del derecho fundamental tuviera su origen en la inactividad administrativa, o se hubiera interpuesto potestativamente un recurso administrativo, o, tratándose de una actuación en vía de hecho, no se hubiera formulado requerimiento, el plazo de 10 días se iniciará transcurridos 20 días desde la reclamación, la presentación del recurso o el inicio de la actuación administrativa en vía de hecho, respectivamente.