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Última revisión
administrativo
Esquema sobre el recurso potestativo de reposición
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Vademecum: administrativo
Fecha última revisión: 22/04/2024
Resumen:
Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Su plazo de interposición es de un mes desde la notificación del acto, siendo imprescindible realizarlo para poder llegar a la vía contencioso-administrativa. De no ser un acto expreso, el plazo para interponer el recurso de reposición será desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. En ambos casos, el plazo para dictar y notificar una resolución es de 1 mes.