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Última revisión
administrativo
Esquema sobre el recurso de alzada
Texto
Vademecum: administrativo
Fecha última revisión: 22/04/2024
Resumen:
El recurso de alzada se interpone, generalmente, cuando una resolución o acto de un órgano no ha puesto fin a la vía administrativa. El plazo para su interposición se determina por el carácter expreso (1 mes) o no del acto y, en el caso de éste no ser expreso, se parte del día siguiente a la producción de los efectos del silencio administrativo. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses.