Esquema sobre la prueba e... abreviado

Última revisión
23/04/2024

administrativo

Esquema sobre la prueba en el procedimiento abreviado

Tiempo de lectura: 1 min

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Vademecum: administrativo

Fecha última revisión: 23/04/2024

Resumen:

Los medios de prueba en el procedimiento abreviado se practicarán, en lo que no sea incompatible, de igual manera que para el juicio ordinario. Se admiten como medios de prueba el interrogatorio de parte, la prueba testifical y la prueba pericial, con las especialidades establecidas en el art. 78 de la LJCA.

En el caso de que el juez estime que alguna prueba no puede practicarse en el acto de juicio, la suspenderá, señalando el LAJ, en el acto y sin necesidad de nueva notificación, el lugar, día y hora en que deba reanudarse. Tras la práctica de la prueba, las partes pueden presentar sus conclusiones. A continuación, se dará por terminada la vista y en el plazo de diez días el juez dictará sentencia.