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Última revisión
administrativo
Esquema que muestra los diferentes procedimientos de reforma de la constitución
Texto
Relacionados:
Legislación
Vademecum: Administrativo
Fecha última revisión: 07/05/2024
Resumen:
La reforma de la Constitución Española puede articularse de dos formas diferentes dependiendo de los artículos que pretendan modificarse. Nos referimos a estas dos vías de modificación como:
Procedimiento ordinario (167):
- Exigirá la mayoría de 3/5 de cada una de las cámaras (Congreso y Senado). En caso de falta de acuerdo, se creará una comisión de composición paritaria de diputados y senadores que presentará un texto para que sea votado por Congreso y Senado.
- Si la aprobación no se consigue mediando el procedimiento ya explicado, y siempre que se haya obtenido la mayoría absoluta del Senado, el Congreso podrá aprobarlo con mayoría de 2/3.
- El referéndum para su ratificación no será obligatorio salvo que lo solicite una décima parte del Congreso o Senado.
Procedimiento agravado (168):
- Nos encontraremos frente al procedimiento agravado cuando la propuesta de reforma afecte a la totalidad de la Constitución o al Título preliminar; al Capítulo segundo, Sección primera del Título I (derechos fundamentales y libertades públicas); o al Título II (sobre la Corona).
- Se exige la mayoría de 2/3 del Congreso y Senado.
- Conlleva la disolución inmediata de las Cortes y la convocatoria de elecciones.
- Las Cámaras elegidas deberán aprobar el nuevo texto constitucional por mayoría de 2/3 de cada cámara.
- En este procedimiento el referéndum será obligatorio.