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Última revisión
administrativo
Esquema sobre los órganos de cooperación
Texto
Vademecum: Administrativo
Fecha última revisión: 14/05/2024
Resumen:
Los órganos de cooperación son órganos de composición multilateral o bilateral, de ámbito general o especial, constituidos por representantes de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades o Ciudades de Ceuta y Melilla o, en su caso, de las Entidades Locales, para acordar voluntariamente actuaciones que mejoren el ejercicio de las competencias que cada Administración Pública tiene.