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Última revisión
administrativo
Esquema sobre la interposición del recurso especial en materia de contratación
Texto
Vademecum: administrativo
Fecha última revisión: 22/04/2024
Resumen:
Tiene competencia para resolver el recurso especial en materia de contratación el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC). Por su parte, en el ámbito de las comunidades autónomas podrán crear órganos propios con competencia para resolver o delegar dicha competencia al TACRC.
Este recurso se iniciará mediante escrito que se podrá presentar en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso.