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Última revisión
administrativo
Esquema sobre ejecución de sentencias en materia tributaria, personal, al servicio de la Administración pública y unidad de mercado
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Vademecum: Administrativo
Fecha última revisión: 10/05/2024
Resumen:
En el contexto frente al que nos encontremos en supuestos de materia tributaria, de personal al servicio de la Administración pública o unidad de mercado (esto es, libre circulación de operadores económicos, de los respectivos bienes o servicios, y aplicación del principio de igualdad en relación al ejercicio de la actividad económica) que obtengan una sentencia firme que reconozca una situación individualizada a una o varias personas, dicha situación podrá extenderse a otros individuos en base a una serie de requisitos:
Legitimación:
- Personas que, como ya hemos avanzado, se encuentren en idéntica situación.
- El tribunal que haya dictado la sentencia debe ser también competente por razón del territorio.
Plazo:
- El plazo para solicitar la extensión será de un año desde la última notificación.
- En caso de que los interesados hayan interpuesto recurso, el plazo contará desde la resolución que ponga fin al mismo.
Órgano competente:
- El mismo que haya reconocido la situación individualizada.
Motivos de desestimación:
- En el caso de que exista cosa juzgada.
- Si la doctrina que determinó el fallo cuyos efectos pretendan extenderse resulte contraria a la jurisprudencia del TS o doctrina del TSJ.
- Si la resolución dictada en vía administrativa resulte firme por no haber promovido el recurso contencioso en plazo.