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Última revisión
abogacia
Esquema de los recursos disponibles frente a la suspensión de actuaciones por Prejudicialidad Penal
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Vademecum: abogacia
Fecha última revisión: 31/03/2023
Resumen:
El artículo 41 de la ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, establece los recursos disponibles para los casos en los que hay una suspensión de actuaciones por prejudicialidad penal. Estos recursos son reposición, apelación, recurso extraordinario por infracción procesal o de casación, y revisión directa.
A modo de repaso:
- Contra la resolución que deniegue la suspensión del asunto civil se podrá interponer recurso de reposición. La solicitud de suspensión podrá, no obstante, reproducirse durante la segunda instancia y, en su caso, durante la tramitación de los recursos extraordinarios por infracción procesal o de casación.
- Contra el auto que acuerde la suspensión se dará recurso de apelación y contra los autos dictados en apelación acordando o confirmando la suspensión se dará, en su caso, recurso extraordinario por infracción procesal.
- Contra la resolución del letrado de la Administración de Justicia que acuerde el alzamiento de la suspensión podrá ser interpuesto recurso directo de revisión.