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Última revisión
abogacia
Esquema sobre la competencia territorial en caso de acumulación de acciones según el artículo 53 de la Ley 1/2000
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Vademecum: abogacia
Fecha última revisión: 31/03/2023
Resumen:
El artículo 53 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, establece un esquema de competencia territorial en caso de ejercitarse conjuntamente varias acciones frente a una o varias personas. El tribunal competente será aquel del lugar correspondiente a la acción que sea fundamento de las demás. En caso de pluralidad de demandados se podrá presentar la demanda ante el tribunal del lugar correspondiente a la acción más importante cuantitativamente.