Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social
Índice
Histórico
Relacionados
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Marzo de 2024
F. entrada en vigor: 03/06/1998
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 132
F. Publicación: 03/06/1998
Preambulo
Artículo único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Asunción de competencias.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Expedientes en tramitación y atribución de competencias.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor y facultades normativas.
REGLAMENTO GENERAL SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES DE ORDEN SOCIAL Y PARA LOS EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS DE CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto, forma de iniciación y tramitación de los procedimientos.
Artículo 2. Necesidad de expediente previo.
Artículo 3. Sujetos responsables.
Artículo 4. Atribución de competencias sancionadoras.
Artículo 5. Concurrencia de sanciones con el orden jurisdiccional penal.
Artículo 6. Iniciación del procedimiento de oficio ante el orden jurisdiccional social.
Artículo 7. Prescripción y cosa resuelta.
CAPÍTULO II. Actividades previas al procedimiento sancionador
SECCIÓN 1ª. INICIACIÓN DE LA ACTIVIDAD INSPECTORA
Artículo 8. Objeto de la actividad inspectora previa.
Artículo 9. Formas de iniciación.
Artículo 10. Colaboración y coordinación de órganos y autoridades administrativas.
SECCIÓN 2ª. CONSECUENCIAS DE LA ACTIVIDAD INSPECTORA PREVIA AL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
Artículo 11. Medidas a adoptar por el personal inspector.
Artículo 12. Extensión de actas de infracción y de liquidación.
CAPÍTULO III. Procedimiento sancionador
SECCIÓN 1·. DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 13. Iniciación del procedimiento sancionador.
Artículo 14. Contenido de las actas de infracción.
Artículo 15. Valor probatorio de las actas de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 16. Acumulación.
SECCIÓN 2ª. TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 17. Notificación de las actas de infracción, alegaciones y conformidad del sujeto responsable.
Artículo 18. Tramitación e instrucción del expediente sancionador en el ámbito de competencias de las Comunidades Autónomas.
Artículo 18 bis. Tramitación e instrucción del expediente sancionador en el ámbito de la Administración General del Estado.
Artículo 19. Procedimiento de oficio ante el orden jurisdiccional social, derivado de comunicaciones de la autoridad laboral.
Artículo 20. Resolución.
Artículo 21. Notificación de la resolución.
CAPÍTULO IV. Recursos, ejecución de resoluciones y recaudación
Artículo 22. Del cómputo de los términos y plazos.
Artículo 23. Recurso de alzada.
Artículo 24. Ejecución.
Artículo 25. Recaudación del importe de las sanciones.
CAPÍTULO V. Normas específicas
Artículo 26. Suspensión de actividades o cierre de centro de trabajo.
Artículo 27. Recargo de prestaciones en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional por falta de medidas de seguridad.
Artículo 28. Medidas cautelares sobre entidades colaboradoras en la gestión del sistema de la Seguridad Social.
CAPÍTULO VI. De los expedientes de liquidación
Artículo 29. Procedimiento administrativo para la tramitación de expedientes liquidatorios por deudas a la Seguridad Social.
Artículo 30. Propuestas de liquidación.
Artículo 31. Actas de liquidación de cuotas.
Artículo 32. Requisitos de las actas de liquidación.
Artículo 33. Notificación y resolución de las actas de liquidación.
Artículo 34. Actas de liquidación concurrentes con actas de infracción por los mismos hechos.
Artículo 35. Requerimientos de pago de cuotas.
Artículo 36. Deudas con la Seguridad Social o con los sistemas públicos de protección social constitutivas de presunto delito.
CAPÍTULO VII. Procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones de los solicitantes o beneficiarios de prestaciones del Sistema de Seguridad Social y de trabajadores autónomos solicitantes o beneficiarios de la prestación por cese de actividad.
Artículo 37. Competencia para sancionar infracciones de los solicitantes o beneficiarios de prestaciones del Sistema de Seguridad Social.
Artículo 37 bis. Procedimiento para la imposición de sanciones leves y graves a los solicitantes o beneficiarios de prestaciones del Sistema de Seguridad Social.
Artículo 38. Procedimiento de suspensión cautelar y de imposición de sanciones por infracciones muy graves a los solicitantes o beneficiarios de prestaciones del Sistema de Seguridad Social.
Artículo 38 bis. Procedimiento para la imposición de sanciones a los trabajadores autónomos solicitantes o beneficiarios de la prestación por cese de actividad.
CAPÍTULO VIII. Procedimiento sancionador derivado de la actuación previa de funcionarios técnicos habilitados por las Comunidades Autónomas con competencias en ejecución de la legislación laboral, y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Artículo 39. Actuaciones comprobatorias de los funcionarios técnicos en prevención de riesgos laborales e inicio del procedimiento sancionador.
Artículo 40. Naturaleza y contenido del acta de infracción.
Artículo 41. Valor probatorio de las actas de infracción extendidas como consecuencia de informes emitidos por funcionarios técnicos habilitados.
Artículo 42. Tramitación e instrucción de este tipo de expedientes sancionadores.
CAPÍTULO IX. Del procedimiento sancionador promovido por actuación administrativa automatizada en el ámbito de la Administración General del Estado
Artículo 43. Disposiciones generales relativas a la actuación administrativa automatizada.
Artículo 44. Procedimiento promovido por actuación administrativa automatizada.
Artículo 45. Contenido de las actas de infracción.
Artículo 46. Notificación de las actas de infracción y alegaciones.
Artículo 47. Tramitación, instrucción y terminación de los procedimientos sancionadores.
Artículo 48. Normas supletorias.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. Actas de infracción o liquidación de gran volumen.