Legislación

Reglamento de las empresas de trabajo temporal

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 21 de Junio de 2015

F. entrada en vigor: 21/06/2015

Órgano emisor: MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 147

F. Publicación: 20/06/2015

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Aplicación informática y convenios de colaboración.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos iniciados. D.T. 2ª. Tramitación por medios electrónicos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Fundamento constitucional. D.F. 2ª. Habilitación normativa. D.F. 3ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
CAPÍTULO II. Autorización administrativa
Artículo 2. Autorización administrativa. Artículo 3. Autoridad laboral competente. Artículo 4. Autorización de inicio de actividades. Artículo 5. Procedimiento para la extinción de la autorización. Artículo 6. Autorización por reanudación de actividades. Artículo 7. Informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
CAPÍTULO III. Garantía financiera
Artículo 8. Garantía financiera. Artículo 9. Masa salarial. Artículo 10. Ejecución de la garantía financiera. Artículo 11. Liberación de la garantía.
CAPÍTULO IV. Registros de Empresas de Trabajo Temporal
Artículo 12. Registros de Empresas de Trabajo Temporal. Artículo 13. Asientos registrales. Artículo 14. Base de datos central.
CAPÍTULO V. Contrato de puesta a disposición
Artículo 15. Contrato de puesta a disposición.
CAPÍTULO VI. Contrato de trabajo
Artículo 16. Contrato entre la empresa de trabajo temporal y el trabajador.
CAPÍTULO VII. Obligaciones de información
Artículo 17. Obligaciones de información a la Administración. Artículo 18. Obligaciones de información a la empresa usuaria.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aplicación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. D.A. 2ª. Contratos de trabajo de primer empleo joven.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Números de autorización en vigor.