Modificacion de la Ley Organica del Poder Judicial
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Histórico
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Noviembre de 2009
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 309
F. Publicación: 26/12/2003
Preambulo
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
II
III
IV
V
VI
VII
VIII
IX
Artículo único. Modificaciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Categorías del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
D.A. 2ª. Cuerpo de Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
D.A. 3ª. Secretarios de Juzgados de Paz de municipios de más de 7. 000 habitantes.
D.A. 4ª. Integración de Cuerpos.
D.A. 5ª. Haberes reguladores a efectos pasivos.
D.A. 6ª. Supresión de habilitaciones.
D.A. 7ª. Funcionarios destinados en Fiscalías.
D.A. 8ª. Aplicación en la Comunidad Foral de Navarra.
D.A. 9ª. Nuevo órgano de dirección y coordinación.
D.A. 10ª. Reforma de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal.
D.A. 11ª. Reforma de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
D.A. 12ª. Modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
D.A. 13ª. Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
D.A. 14ª. Reforma de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
D.A. 15ª. Modificación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
D.A. 16ª. Modificación de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
D.A. 17ª. Comunicaciones de los órganos judiciales a la autoridad gubernativa en relación con extranjeros.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Escala de Agentes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología.
D.T. 2ª. Regularización de situaciones administrativas.
D.T. 3ª. Régimen transitorio de ascensos.
D.T. 4ª. Establecimiento de relaciones de puestos de trabajo.
D.T. 5ª. Régimen retributivo transitorio.
D.T. 6ª. Procesos selectivos en curso y concursos de traslados.
D.T. 7ª. Irretroactividad de disposiciones sancionadoras.
D.T. 8ª. Régimen transitorio para los Letrados del Consejo General del Poder Judicial.
D.T. 9ª. Régimen transitorio para los Presidentes de Sala de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia.
D.T. 10ª. Régimen transitorio de los procesos pendientes en las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia.
D.T. 11ª. Régimen transitorio de los actuales Secretarios de Gobierno.
D.T. 12ª. Régimen transitorio aplicable a los expedientes disciplinarios abiertos a jueces o magistrados al momento de la entrada en vigor de esta ley.
D.T. 13ª. Régimen transitorio de funcionarios interinos.
D.T. 14ª. Derecho de opción de los funcionarios destinados en órganos técnicos del Consejo General del Poder Judicial.
D.T. 15ª. Régimen transitorio para el establecimiento de las oficinas judiciales.
D.T. 16ª. Régimen aplicable a Jueces y Magistrados en excedencia forzosa.
D.T. 17ª. Régimen transitorio de los Magistrados del Gabinete Técnico de Información y Documentación del Tribunal Supremo.
D.T. 18ª. Régimen transitorio aplicable a los Letrados del Consejo General del Poder Judicial.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa. Quedan derogados:
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario.
D.F. 2ª. Adecuación de normas procesales.
D.F. 3ª. Rango normativo.