Dt 9 Reglamento de la Ley del Registro Civil
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»D.T. 9ª.
No requieren expediente de corrección los defectos meramente formales y las faltas en el modo de llevar los libros cuando unos u otras no se consideren tales en la nueva legislación.
Son eficaces los asientos basados en título suficiente, conforme a la nueva legislación, aunque no lo fuere según la antigua.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-12-1958 en vigor desde 11-12-1958