Dt 6 Apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación de empleo
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»D.T. 6ª. Inicio de efectos de las modificaciones en materia de igualdad de trato entre mujeres y hombres.
Lo dispuesto en las disposiciones finales decimotercera y decimocuarta será de aplicación a las pensiones y seguros privados, voluntarios e independientes del ámbito laboral, y a los servicios financieros afines, que deriven de contratos celebrados a partir del 21 de diciembre de 2012.
A estos efectos, se entenderá por contrato celebrado después del 21 de diciembre de 2012 la modificación, prórroga, ratificación o cualquier otra manifestación de voluntad contractual que implique el consentimiento de todas las partes y tenga lugar con posterioridad a tal fecha.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-07-2013 en vigor desde 28-07-2013