Dt 4 Estatuto de los Trabajadores
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»D.T. 4ª. Negociación colectiva y modalidades contractuales.
Lo dispuesto en el artículo 15.1.a) en materia de duración máxima del contrato se entiende sin perjuicio de lo que estuviera establecido en los convenios colectivos sectoriales vigentes a 19 de septiembre de 2010 sobre la duración máxima del contrato por obra o servicio determinados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015