Dt 21 Código del Derecho Foral de Aragón

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D.T. 21ª. Fiducia sucesoria.

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El artículo 447 y los Capítulos II, III y IV del Título IV de este Libro son también aplicables a las fiducias sucesorias pendientes de ejecución el 23 de abril de 1999, para las que, sin embargo, no regirán los artículos 444 a 446.

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  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 23-04-2011