Dt 14 Ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras
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»D.T. 14ª. Deber de información de las entidades aseguradoras y reaseguradoras respecto al ejercicio 2015 a presentar en el 2016.
Todas las entidades aseguradoras y reaseguradoras, así como sus grupos, deberán remitir la información correspondiente al ejercicio 2015, a la que se refiere el artículo 66 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, en los plazos establecidos en el citado artículo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-12-2015 en vigor desde 01-01-2016