Dt 11 TR. de la ley de urbanismo
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»D.T. 11ª. Estudios de detalle.
Los estudios de detalle exigidos expresamente por el planeamiento vigente en el momento de la entrada en vigor de esta Ley, y también los que resulten necesarios, se pueden tramitar de acuerdo con la normativa anterior a la Ley 2/2002, hasta que el planeamiento no incorpore las nuevas determinaciones sobre ordenación volumétrica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 06-08-2010