Dt 1 TR. de la ley de urbanismo
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»D.T. 1ª. Planeamiento general no adaptado.
Al efecto de la aplicación del régimen transitorio de esta Ley, se entiende que el planeamiento general no está adaptado a las determinaciones de esta Ley cuando, en la materia concreta que es objeto de cada disposición transitoria, el mencionado planeamiento no se ajusta al contenido normativo del articulado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 06-08-2010