Df 6 TR. de la ley de urbanismo
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»D.F. 6ª. Autorización para adaptar la cuantía de las multas.
Se autoriza al Gobierno para adaptar por decreto, a propuesta del consejero o consejera competente en materia de urbanismo, la cuantía de las multas establecidas por los artículos 219 y 225 a la evolución de las circunstancias socio-económicas, en función del índice general de precios de consumo publicado por el Instituto de Estadística de Cataluña.
Modificaciones
- Artículo modificado por referencias al consejero o consejera «competente en materia de urbanismo»)) por LEY 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto.
(DOGC de 29-02-2012) en vigor desde 01-03-2012