Df 6 Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
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»D.F. 6ª. Informe anual.
1. El Gobierno deberá informar a las Cortes anualmente de la ejecución de las previsiones contenidas en la presente Ley.
2. Dicho informe incorporará la memoria del Consejo Territorial y el dictamen de los Órganos Consultivos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-12-2006 en vigor desde 01-01-2007